Presentar la Tarjeta de identidad y una copia de la misma.
Presentar copia de la última factura de energía eléctrica debidamente
cancelada.
Presentar censo de carga en los casos de mayor capacidad o por clase de
servicio (trifásico)
NOTA: El cambio del medidor procede en los casos en que se determine que el mismo esta dañado o cuando se solicite el cambio de servicio de monofásico a trifásico o cuando la ENEE considere necesario efectuar el cambio.
Dirección correcta, completa y croquis con referencia.
REQUISITOS PARA LA APLICACION DEL DECRETO No. 220-93“LEY DEL REGIMEN DEL TRATAMIENTO ESPECIAL DE LA TERCERA EDAD Y JUBILADOS Y PENSIONADOS POR
INVALIDEZ”
Presentar la identidad y una copia.
Presentar el carnet de jubilado o pensionado por invalidez y fotocopia del mismo en los casos de las personas que no son de la tercera edad.
Presentar una constancia de la Dirección General de Tributación sobre el ingreso anual del solicitante (El ingreso anual no debe exceder de setenta mil lempiras (L. 50,000.00) para tener derecho al descuento según lo establecido en el articulo 14 de la referida ley).
Presentar copia del último aviso de facturación (recibo de la ENEE, debidamente ancelado, para confirmar que está
NOTA: El derecho es intransferible, y solo es aplicable para una cuenta del solicitante al medidor de su casa de habitación y se aplica solo en la tarifa residencial.